Se incorpora la quincuagésima cuarta disposición transitoria final a la Ley del Impuesto a la Renta que regula la no deduciblidad de gastos o costos vinculados al delito de cohecho.
Se incorpora la quincuagésima cuarta disposición transitoria final a la Ley del Impuesto a la Renta que regula la no deduciblidad de gastos o costos vinculados al delito de cohecho.